- AMLO protestó guardar y hacer guardar la Constitución Mexicana y las leyes que de ella emanen.
- Al no hacerlo es perjuro, pero además es injerencista, homicida y ha caído en conductas de delincuencia organizada.
Por Efraín Klériga
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El Presidente Andrés Manuel López Obrador es un delincuente, ha cometido una gran cantidad de delitos y varios de ellos los ha confesado públicamente con todo cinismo, como el blanqueo de dinero en sobres amarillos.
El juramento hecho al recibir la investidura dice: "Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen”, lo cual no cumple y menos, lo siguiente:
“Desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande."
Es clara la intención de López Obrador de hacer que se consideren sus obras como Seguridad Nacional, porque hay delincuencia organizada, desvíos de dinero, delitos ambientales, y daños patrimoniales.
No deja de ser patético que el Presidente de la República, su equipo jurídico y el Secretario de Gobernación no sepan la diferencia entre un acuerdo y un decreto, y emitan el primero con carácter de lo segundo.
El Artículo 89 de la constitución Fracción X obliga a López a dirigir la política exterior observando “la autodeterminación de los pueblos; la no intervención (...) la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales.
Las posturas exhibidas en los casos de Perú, Guatemala y, Bolivia; López ha sido claramente injerencista, mientras que en los de Cuba, Venezuela y Nicaragua no ha protegido ni promovido los derechos humanos.
Tampoco ha luchado por la paz y la seguridad internacionales al tratar de empatar en el conflicto Rusia-Ucrania al invasor con el invadido y negar todo apoyo político y logístico a éste.
En el caso de Perú, López, ayuda al golpista Pedro Castillo y ataca políticamente a la presidenta en funciones, la priva de su derecho a presidir la Alianza del Pacifico, y eso es claramente injerencista.
La Fracción XII del 89, lo obliga a “Facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones”, y es claro que López ha entorpecido de diversas maneras el ejercicio de este Poder.
Obviamente en el caso de la Suprema Corte no ha desempeñado el cargo “leal y patrióticamente” ni ha mirado en ese caso y muchos otros, “por el bien y prosperidad de la Unión”.
El artículo 248 Bis del Código Penal Federal considera punible inculpar a alguien como responsable de un delito simulando la existencia de pruebas materiales que hicieren presumir su responsabilidad.
Esto de inventar presuntos delitos y asegurar que tiene pruebas de ello, especialmente cuando se trata de justificar maniobras de su gobierno, ha sido muy común y también ilegal.
Además de estas faltas y la falsedad con la que se conduce al no respetar el juramento en su inauguración, ha cometido el delito de evasión de reos, corrupción, coalición de funcionarios públicos.
También esta implicado en daño patrimonial al cancelar el Aeropuerto de Texcoco lo que costó a los mexicanos más de 300 mil millones de pesos, porque el NAIM sólo parcialmente usaría fondos presupuestales.
Ahora al pagar las plantas de Iberdrola con dinero de los fondos de pensiones, incurrirá en nuevos daños patrimoniales, pero también en delitos fiscales, pues utiliza dinero de ahorros que no puede utilizar.
El Decretazo (No avalado por el Congreso) que ordena la ocupación temporal inmediata de instalaciones de Ferrosur, es otro ejemplo de daño patrimonial y abuso de autoridad.
Las acciones de Ferrosur cayeron 3.8 por ciento en operaciones en la Ciudad de México, mientras que las acciones de la matriz Grupo México extendieron las pérdidas iniciales hasta 1.8 por ciento.
Los tenedores de dichas acciones han sido dañados en su patrimonio, además que no parece que el Gobierno Federal pueda expropiar bienes privados a favor de otro privado y sin previa declaratoria de utilidad pública.
Esto también, por tratarse de transporte, puede llegar a considerarse delincuencia organizada, como fue el caso de la liberación de Ovidio y los fraudes con alimentos en Segalmex.
Conforme el artículo 16, párrafo noveno, de la Constitución, se entiende por delincuencia organizada la “organización de hecho de tres o más personas, para cometer delitos en forma permanente o reiterada”.
El artículo 2°, X, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, prevé que los delitos contra el Ambiente detallados en fracción IV del artículo 420 del Código Penal Federal, son delincuencia organizada.
Dicha fracción prevé pena de hasta 12 años de prisión y hasta mil días multa cuando en forma sistemática se dañe un área natural protegida, y además se dañan especies protegidas, además de los robos de madera.
Junto con su Secretario de Gobernación, los dirigentes de las fracciones y las bancadas legislativas aliadas a Morena han cometido varios delitos, especialmente el de coalición de funcionarios.
“Artículo 216. Comete el delito de coalición de servidores públicos, los que teniendo tal carácter se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley o reglamento, impedir su ejecución...”
La sesiones de la Cámara de Diputados y la noche negra del Senado, son claramente coaliciones de funcionarios para tomar medidas contrarias a la ley, eso además de muchos otros delitos.
Todas las dictaduras se caracterizan precisamente por los mismos abusos y delitos en los que cae el Gobierno de López Obrador.